Un comprador de Texas abrió seis cajas, encontró las carcasas agrietadas, las fotografió y volvió a vender. El correo llegó al transitario diecinueve días después. Para entonces el contenedor ya se había devuelto, el albarán estaba firmado sin reservas y el expediente del transportista estaba cerrado. El daño era real. El reclamo no.
Casi todo lo que decide un reclamo ocurre en las primeras setenta y dos horas tras la llegada, no en la carta que viene después. Seis preguntas lo cubren.
Q1. ¿Quién inspecciona y quién paga el peritaje?
El comprador tiene derecho a inspeccionar a la llegada; ese derecho no depende del incoterm. Lo que cambia es quién paga: en FOB y CIF inspecciona por su cuenta y el perito externo suele correr a su cargo. En DDP el vendedor entrega un resultado, así que la inspección conjunta en la puerta es lo normal y la organiza él.
Con importes relevantes, nombra al perito en el contrato antes del primer envío. Buscarlo después del daño es como empiezan las discusiones sobre independencia.
Q2. ¿Cuánto tiempo tengo para plantearlo?
Corren tres relojes a la vez, y la gente solo recuerda uno.
| Reloj | Duración habitual | Qué controla |
|---|---|---|
| Aviso al transportista | Tres días para daño visible, siete para oculto | Si abre el expediente o no |
| Aviso al seguro | Inmediato, y reclamo escrito en el plazo indicado | El deber del asegurador de tramitarlo |
| Objeción contractual | Lo que diga el contrato, a menudo de siete a treinta días | Si puedes exigir al vendedor o al comprador |
Q3. En CIF, ¿el seguro es lo mismo que reclamar al vendedor?
No, y mezclarlos es el error más caro de este terreno. En CIF el vendedor contrata la cobertura y te entrega la póliza; el reclamo va contra el asegurador, según valor asegurado y riesgo cubierto. El reclamo al vendedor es contractual, por mercancía que no coincide con lo pactado. Uno lo cierra un ajustador, el otro se negocia o se arbitra, y sus relojes no coinciden.
Q4. La falta apareció tras descargar. En DDP, ¿a quién reclamo?
Recorre la entrega hacia atrás y hazlo por escrito el mismo día: el albarán del almacén, la nota de entrega del transportista, el registro del precinto. Una firma limpia en la nota de entrega es la causa más común de que un reclamo por falta muera: equivale a decir que la mercancía llegó en el estado declarado.
Escribe la reserva en la nota antes de firmar, aunque sea corta: "faltan seis cajas, fotografiadas, abiertas ante el conductor". Con eso el reclamo sigue vivo.
Q5. ¿Qué debe contener el expediente?
- La nota de entrega y el albarán del almacén, con la reserva escrita encima.
- Fotos tomadas antes de mover nada: precinto, contenedor, palé, daño.
- El informe del perito, si lo hubo, con fecha y firma.
- Factura comercial y packing list de las unidades afectadas, no solo el total.
- El presupuesto de reparación o sustitución, para que el reclamo lleve una cifra.
Q6. Cerrado el plazo, ¿ya no hay nada que hacer?
Con el transportista y el asegurador, normalmente sí: esos plazos son condiciones del contrato, no sugerencias. Con el vendedor suele quedar margen, porque la relación comercial tiene su lógica: una reclamación documentada, fotografiada y cuantificada que llega tarde convence más que una carta puntual sin nada adjunto.
No es razón para llegar tarde. Es razón para armar bien el expediente aunque el reloj ya haya corrido.
El hábito que evita las seis
Inspeccionar el día que se abre el contenedor, fotografiar antes de tocar y escribir la reserva antes de firmar. Todo lo demás en este artículo es reparar una de esas tres cosas.
Una nota llana desde la mesa: un reclamo no se gana teniendo razón, se gana llegando temprano y con papeles. Las fotos de la primera hora valen más que la carta de la tercera semana.
Mándanos por WhatsApp el incoterm, la ruta y la fecha de entrega antes del próximo envío, y redactamos la cláusula de inspección y reclamo que encaje: el plazo quedará definido antes de que algo salga mal.